Los beneficios estarán disponibles para los usuarios residenciales de la Cooperativa en los siguientes casos:
1.1. Hogares pertenecientes al 60% de menores ingresos, según el Registro Social de Hogares.
1.2. Mayores de 60 años que manifiesten dificultades de pago a la cooperativa.
1.3. Personas que estén percibiendo las prestaciones del seguro de desempleo.
1.4. Estar acogido a las prestaciones del seguro de cesantía por suspensión de relación laboral o por pactos de reducción temporal de jornada.
1.5. Ser trabajador independiente o informal no comprendido en alguna de las categorías anteriores, y expresar mediante declaración jurada simple, que está siendo afectado por una disminución significativa de sus ingresos.
Hasta el 05/05/2021, regirán los siguientes beneficios a los casos que acrediten el cumplimiento para ser beneficiarios:
2.1. No se efectuará corte de servicio por mora en el pago de sus boletas.
2.2. Los saldos impagos que se originen desde el 18/03/2020 y hasta el 05/05/2021, serán prorrateados en hasta 36 meses, sin intereses, a partir de la primera boleta que se emita después del 05/05/2021.
2.3. Los clientes con deudas menores a 10 UF acumuladas antes del Estado de Catástrofe, también podrán prorratear sus deudas bajo el mismo mecanismo, y en los casos que tengan el servicio cortado, podrán solicitar su reposición.
2.4. El plazo máximo para realizar la repactación es el 04/06/2021.
Los interesados en obtener los beneficios deberán contactar a la cooperativa a través de los canales habilitados que se mencionan más adelante y enviar la siguiente información:
3.1. En el caso de los beneficiarios del Caso 1.1.:
• Indicación de querer acogerse al Plan Beneficio por COVID 19, indicando el número de cuotas en que desea que se prorratean los saldos impagos desde el 18/03/2020 hasta el 05/05/2021, con un máximo de 36.
• Copia del Certificado o Cartola Hogar del Registro Social de Hogares que acredite que la dirección señalada en él pertenece al segmento del 60% de menores ingresos.
• Copia de una cuenta eléctrica del mismo hogar.
• Copia de la cedula de identidad.
3.2. En el caso de los beneficiarios del Caso 1.2.:
• Indicación de querer acogerse al Plan Beneficio por COVID 19, indicando el número de cuotas en que desea que se prorratean los saldos impagos desde el 18/03/2020 hasta el 05/05/2021, con un máximo de 36.
• Copia de la Cedula de Identidad.
• Informar la dificultad de pago que se tiene, adjuntando documentos que acrediten dificultades de pago (liquidación de pensión a pago, acreditar enfermedad grave, liquidación de sueldo mensual, finiquito, certificado municipal, entre otros).
• Copia de una cuenta eléctrica del mismo hogar.
3.3. En el caso de los beneficiarios del Caso 1.3.:
• Indicación de querer acogerse al Plan Beneficio por COVID 19, indicando el número de cuotas en que desea que se prorratean los saldos impagos desde el 18/03/2020 hasta el 05/05/2021, con un máximo de 36.
• Copia del Carnet de Identidad.
• Finiquito o copia de documentos que acrediten haber perdido el empleo durante el Estado de Catástrofe.
• Copia de una cuenta eléctrica del mismo hogar.
3.4. En el caso de los beneficiarios del Caso 1.4:
• Indicación de querer acogerse al Plan Beneficio por COVID 19, indicando el número de cuotas en que desea que se prorratean los saldos impagos desde el 18/03/2020 hasta el 05/05/2021, con un máximo de 36.
• Copia del Carnet de Identidad.
• Copia de documentos que acrediten vulnerabilidad o imposibilidad de pago debido al Estado de Catástrofe, certificado municipal, entre otros documentos.
• Copia de una cuenta eléctrica del mismo hogar.
3.5. En el caso de los beneficiarios del Caso 1.5:
• Indicación de querer acogerse al Plan Beneficio por COVID 19, indicando el número de cuotas en que desea que se prorratean los saldos impagos desde el 18/03/2020 hasta el 05/05/2021, con un máximo de 36.
• Copia del Carnet de Identidad.
• Declaración jurada Simple.
• Copia de una cuenta eléctrica del mismo hogar.
La Cooperativa analizará la información recibida y determinará si el caso cumple o no a las condiciones de beneficiarios.
En caso de que se cumpla la condición de beneficiario, la cooperativa:
• Se informará al usuario de que se aceptó su solicitud de Beneficio COVID 19 al número de contacto ingresado
• Se abstendrá de realizar cortes por mora.
• Irá acumulando los saldos impagos para prorratearlos en el número de cuotas solicitadas por el usuario, hasta 36.
En caso de que no se cumpla la condición de beneficiario, la cooperativa:
• Informará al usuario de que no se aceptó su solicitud de Beneficio COVID 19, explicando la razón, informándole que puede solicitar la revisión de SEC, a través de su sistema para canalizar y resolver reclamos de clientes.
La revisión de antecedentes y la comunicación de cumplimiento o no de la condición de beneficiario será realizada y comunicada dentro de los 5 días hábiles siguiente a la recepción.
Declaro bajo juramento cumplir con los requisitos y pertenecer al grupo de clientes/usuarios y/o beneficiarios finales, seleccionado al momento de mi inscripción, de acuerdo con la Ley 21.249, que "Dispone, de manera excepcional, las medidas que indica en favor de los usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red", y encontrarme imposibilitado de dar cumplimiento a las obligaciones de pago por consumo eléctrico. La utilización maliciosa de la declaración se sancionará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal.